¿Qué es esta herramienta?
La prima vacacional es una prestación obligatoria establecida en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Todo trabajador que disfruta de su periodo vacacional tiene derecho a una prima adicional de cuando menos 25% sobre el salario que le corresponda durante esos días de vacaciones. Es un derecho irrenunciable: ningún contrato individual o colectivo puede pactar un porcentaje menor, aunque sí puede ofrecer uno mayor como prestación superior a la ley.
El punto de partida para calcular la prima vacacional son los días de vacaciones a los que tiene derecho el trabajador, que dependen de su antigüedad y se determinan según la tabla del artículo 76 de la LFT: 12 días por el primer año de servicios, aumentando 2 días por cada año hasta llegar a 20 días en el quinto año, y a partir de ahí 2 días adicionales por cada 5 años de servicio (tabla reformada, vigente desde el 1 de enero de 2023). Sobre el pago correspondiente a esos días se aplica el 25% de prima vacacional.
Fuente oficial: Ley Federal del Trabajo, arts. 76 y 80, publicada por la Cámara de Diputados.
¿Por qué utilizarlo?
- Calcula automáticamente tus días de vacaciones según tu antigüedad, usando la tabla vigente del artículo 76 de la LFT (reforma 2023).
- Aplica el 25% mínimo legal de prima vacacional (Art. 80 LFT) sobre el pago de esos días, o el porcentaje mayor que pacte tu contrato.
- Muestra por separado el pago de vacaciones, la prima vacacional y el total del periodo, para que entiendas de dónde sale cada cifra.
- Acepta cualquier porcentaje de prima igual o superior a 25%, para reflejar prestaciones superiores a la ley.
- Gratis e instantáneo, sin subir nada — el cálculo se ejecuta completamente en tu navegador.
Cómo utilizarlo
- Introduce tu salario diario en pesos mexicanos.
- Introduce tus años de antigüedad cumplidos en la empresa.
- Confirma el porcentaje de prima vacacional (25% es el mínimo legal; ajústalo si tu contrato ofrece más).
- Lee tus días de vacaciones, el pago de vacaciones, la prima vacacional y el total del periodo.
Ejemplo
Entrada
Salario diario $600 MXN, 3 años de antigüedad cumplidos, 25% de primaResultado
Días de vacaciones: 16 — Pago de vacaciones: $9,600.00 — Prima vacacional: $2,400.00 — Total: $12,000.00 MXNCon 3 años cumplidos, la tabla del Art. 76 LFT da 16 días de vacaciones. Pago de vacaciones = $600 × 16 días = $9,600. Prima vacacional = $9,600 × 25% = $2,400. Total del periodo vacacional = $9,600 + $2,400 = $12,000.
Fórmulas de la prima vacacional
| Concepto | Fórmula |
|---|---|
| Días de vacaciones | Según tabla del Art. 76 LFT (por antigüedad cumplida) |
| Pago de vacaciones | Salario diario × Días de vacaciones |
| Prima vacacional | Pago de vacaciones × Porcentaje de prima (mínimo 25%, Art. 80 LFT) |
| Total del periodo vacacional | Pago de vacaciones + Prima vacacional |
Tabla de días de vacaciones por antigüedad (Art. 76 LFT)
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 año | 12 días |
| 2 años | 14 días |
| 3 años | 16 días |
| 4 años | 18 días |
| 5 años | 20 días |
| 6 a 10 años | 22 días |
| 11 a 15 años | 24 días |
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden según mi antigüedad?
Según la tabla vigente del artículo 76 de la LFT (reforma vigente desde el 1 de enero de 2023): 12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto año. A partir del sexto año se agregan 2 días adicionales por cada 5 años de servicio (por ejemplo, 22 días del sexto al décimo año).
¿Cuál es el porcentaje mínimo de la prima vacacional?
El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo fija un mínimo de 25% sobre el salario correspondiente a los días de vacaciones. Es un piso legal, no un tope: algunos contratos colectivos de trabajo pactan porcentajes superiores como prestación superior a la ley. Revisa tu contrato para confirmar el porcentaje exacto que te corresponde.
¿La prima vacacional paga impuestos?
Sí, pero con una exención parcial. La Ley del ISR exenta hasta 15 UMA por año por concepto de prima vacacional (además de la exención de aguinaldo); el excedente se suma a tus demás ingresos del periodo y se grava conforme a la tabla progresiva del ISR. Esta calculadora muestra el monto bruto de tu prima vacacional, sin aplicar la retención de ISR, ya que esta depende de tus demás ingresos del periodo — consulta con el área de nómina de tu empresa para la retención exacta.
¿Se calcula la prima vacacional sobre días naturales o días hábiles?
Se calcula sobre los días de vacaciones que te corresponden según la tabla del artículo 76 de la LFT, que son días de descanso continuo (no se restan los sábados y domingos dentro del periodo vacacional). El pago de esos días, más el 25% de prima, es lo que recibes antes de salir de vacaciones.
¿Cuándo debo recibir el pago de mi prima vacacional?
La ley no fija una fecha única, pero la práctica general es que el pago de los días de vacaciones y su prima vacacional se entregue antes de que inicie el periodo vacacional, para que el trabajador cuente con los recursos al momento de disfrutarlo.
¿Se guardan mis datos en algún lugar?
No. El cálculo se ejecuta en tu navegador con JavaScript; tu salario y tu antigüedad nunca se envían a un servidor, ni se almacenan ni se registran.