¿Qué es esta herramienta?
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho constitucional y laboral regulado por los artículos 117 a 131 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el artículo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Cada empresa con utilidad fiscal debe repartir el 10% de esa utilidad entre sus trabajadores, dentro de los 60 días siguientes a la presentación de su declaración anual ante el SAT (normalmente en mayo para personas morales).
Esta calculadora NO determina la utilidad fiscal de tu empresa ni el 10% que le corresponde repartir — ese monto depende de la declaración anual de la empresa ante el SAT y solo tu empleador lo conoce con certeza. Lo que sí calcula, una vez que tienes el monto total del fondo de PTU (porque tu empresa te lo informó o lo publicó), es la parte individual que te corresponde de ese fondo: conforme al artículo 123 de la LFT y el reglamento de los artículos 121-122, el 50% del fondo se distribuye en proporción al número de días trabajados por cada persona en el año, y el otro 50% en proporción a los salarios devengados durante el mismo periodo.
Además, el artículo 127, fracción VIII, de la LFT establece un tope: la PTU de cada trabajador no puede exceder de tres meses de su salario, o el promedio de la PTU que haya recibido en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el trabajador. Esta calculadora verifica el tope de 3 meses de salario si lo capturas, pero no calcula el promedio histórico de 3 años, ya que requiere datos de ejercicios anteriores que no siempre están disponibles.
Fuente oficial: Ley Federal del Trabajo, arts. 117 a 131 (reparto de utilidades), publicada por la Cámara de Diputados.
¿Por qué utilizarlo?
- Reparte el fondo total de PTU de tu empresa entre días trabajados (50%) y salarios devengados (50%), según la fórmula oficial del artículo 123 de la LFT.
- Deja claro qué SÍ calcula (tu parte del fondo ya determinado) y qué NO calcula (la utilidad fiscal de la empresa ni el 10% que reparte), para que no confundas ambos pasos.
- Revisa automáticamente el tope de 3 meses de salario del artículo 127, fracción VIII, de la LFT, y te avisa si tu resultado lo supera.
- Muestra por separado la parte que corresponde a días trabajados y la que corresponde a salarios, para que entiendas de dónde sale cada cifra.
- Gratis e instantáneo, sin subir nada — el cálculo se ejecuta completamente en tu navegador.
Cómo utilizarlo
- Introduce el monto total del fondo de PTU de tu empresa (el 10% de su utilidad fiscal, que te debe informar tu empleador).
- Introduce tus días trabajados en el año y el total de días trabajados por toda la plantilla.
- Introduce tus salarios devengados en el año y el total de salarios devengados por toda la plantilla.
- Opcionalmente, introduce tu salario mensual actual para revisar el tope de 3 meses.
- Lee tu parte estimada de PTU, desglosada en la parte por días y la parte por salarios.
Ejemplo
Entrada
Fondo total de PTU: $500,000 MXN — Mis días trabajados: 300 de 15,000 totales — Mis salarios devengados: $180,000 de $9,000,000 totalesResultado
Parte por días trabajados: $5,000.00 — Parte por salarios: $5,000.00 — Total estimado: $10,000.00 MXNParte por días = $500,000 × 50% × (300 / 15,000) = $5,000. Parte por salarios = $500,000 × 50% × ($180,000 / $9,000,000) = $5,000. Total = $5,000 + $5,000 = $10,000.
Fórmula de reparto individual de PTU
| Concepto | Fórmula |
|---|---|
| Parte por días trabajados | Fondo total × 50% × (Tus días trabajados / Total de días de la plantilla) |
| Parte por salarios devengados | Fondo total × 50% × (Tus salarios devengados / Total de salarios de la plantilla) |
| Tu PTU estimada | Parte por días + Parte por salarios |
| Tope legal (Art. 127-VIII LFT) | Máximo entre 3 meses de salario y el promedio de PTU de los últimos 3 años (el más favorable) |
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Preguntas frecuentes
¿Esta calculadora me dice cuánto va a repartir mi empresa en total?
No. El monto total del fondo de PTU depende de la utilidad fiscal de la empresa declarada ante el SAT (10% de esa utilidad), un dato que solo la empresa conoce con certeza y que normalmente te informa por escrito cuando te entrega tu comprobante de reparto. Esta calculadora parte de ese monto total (que tú capturas) y calcula únicamente la parte individual que te corresponde a ti dentro de ese fondo.
¿Por qué se reparte 50% por días y 50% por salarios?
Así lo establece el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo: la mitad del fondo de PTU se distribuye por igual entre los trabajadores en proporción al número de días que cada uno trabajó durante el año (sin importar su salario), y la otra mitad se distribuye en proporción a los salarios devengados por cada trabajador en el mismo periodo. Esta doble fórmula busca reconocer tanto el tiempo trabajado como el nivel salarial.
¿Existe un tope máximo a la PTU que puedo recibir?
Sí. El artículo 127, fracción VIII, de la LFT establece que la PTU de cada trabajador no puede exceder de tres meses de su salario, o el promedio de la PTU que recibió en los últimos tres años, lo que sea más favorable para el trabajador. Esta calculadora compara tu resultado contra el tope de 3 meses de tu salario mensual actual si lo capturas, pero no calcula el promedio histórico de 3 años porque requiere datos de ejercicios anteriores.
¿Todos los trabajadores tienen derecho a PTU?
La mayoría sí, pero hay excepciones: los directores, administradores y gerentes generales de la empresa están excluidos; los trabajadores eventuales tienen derecho solo si trabajaron al menos 60 días en el año; y las empresas de nueva creación, durante su primer año de operación, o las de industrias extractivas nuevas durante el periodo de exploración, están exentas de repartir PTU. Consulta con RRHH si tienes dudas sobre tu elegibilidad.
¿Cuándo se debe pagar la PTU?
Dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que la empresa debió presentar o presentó su declaración anual ante el SAT. Para personas morales, la declaración anual vence en marzo, por lo que la PTU normalmente se paga en mayo; para personas físicas con actividad empresarial, la declaración vence en abril, por lo que su PTU se paga normalmente en junio.
¿Se guardan mis datos en algún lugar?
No. El cálculo se ejecuta en tu navegador con JavaScript; el fondo de PTU, tus días y tus salarios nunca se envían a un servidor, ni se almacenan ni se registran.